¿Los administradores cobran comisiones de las empresas suministradoras de obras y/o servicios a la comunidad?

  • Esta práctica, a nuestro juicio, es reprobable desde el punto de vista moral, aunque lo cierto es que no es ilegal. Aun en este caso, la Comunidad de Propietarios debe ser consciente de esa situación. No obstante, aun no siendo ilegal nuestra opinión es que no es conveniente para el administrador –por el conflicto de intereses que genera-, y en muchos casos, el mal funcionamiento de la empresa de obras y/o servicios y su sustitución por otra suele afectar de forma negativa al administrador, aunque desempeñe su labor correctamente.

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